Donativos

Puedes colaborar con nosotros haciendo una aportación económica puntual o periódica. Espiral es una entidad acogida a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por lo que en las aportaciones que hagan los donantes pueden deducirse en la declaración de la renta.

Las donaciones a entidades sin ánimo de lucro como ESPIRAL permiten desde 2020 desgravar hasta un 80% del dinero aportado.

DESGRAVAR DONACIONES A ONG: 4 COSAS A TENER EN CUENTA:

  • Esta deducción tiene un límite de base liquidable del 10%.
  • No aplica a País Vasco y Navarra, donde la deducción es del 20 y el 25%.
  • Si has donado en los 2 años anteriores a la misma ONG, la cantidad de desgravación puede ser mayor.
  • En el caso de los socios, esta será tu desgravación total en el caso de que lleves un año colaborando (12 cuotas). Si llevas menos de 12 meses como socio, tu desgravación será proporcional a los meses en los que hayas colaborado durante ese año fiscal.

CÓMO SE CALCULAN LAS DESGRAVACIONES:

  • HASTA 150 €: Te puedes desgravar el 80% de todas tus donaciones.
  • A PARTIR DE 150 €:
    • De los primeros 150 € deduces el 80%.
    • De la cantidad que supera esos primeros 150 € puedes deducirte:
      • El 40%, si has donado en los dos ejercicios anteriores una cantidad igual o superior al año anterior.
      • El 35% en el resto de los casos.

Rellena el siguiente formulario si quieres realizar una aportación económica a Espiral: